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13 de febrero de 1998.
Estado
que guarda la investigación de la masacre
perpetrada en Acteal, Chiapas, el día 22 de
diciembre de 1997.
Día 22 de
diciembre de 1997 a las 11 horas aproximadamente,
un grupo integrado por lo menos de 60 personas,
provenientes de distintas comunidades del
Municipio de Chenalhó atacó con armas de fuego
a otro grupo de personas pertenecientes a la
agrupación "Las Abejas" que se
encontraban asentadas en la comunidad de Acteal.
Producto de esta agresión colectiva resultaron
muertas 45 personas y otras 25 fueron heridas.
En
relación con los hoy occisos, 20 fueron mujeres,
de las cuales 4 cursaban con embarazo; 18 menores
de edad y 7 varones adultos.
Hasta el
día de hoy, la PGR ha consignado por su probable
responsabilidad en los hechos delictuosos a un
total de 67 personas. 58 fueron consignadas ante
los jueces de Distrito en el estado de Chiapas,
habiéndoseles dictado 56 auto de formal
prisión; actualmente se encuentran interno en el
penal de Cerro Hueco. Se espera un auto de formal
prisión más.
- Una persona
con orden de aprehensión se encuentra
prófuga de la justicia.
- Otras tres
personas, que resultaron ser menores de
edad, continúan a disposición del
Centro de Diagnóstico y Tratamiento de
Menores, instancia que a la fecha los
mantiene en tratamiento sin lugar a la
libertad.
- En el caso de
9 personas, el Juez Segundo de Distrito
dictó arraigo judicial.
Hasta el
día de hoy se han rendido un total de 400
declaraciones; han declarado quienes el día de
los hechos fungían como: Gobernador del Estado,
Secretario de Gobierno, Secretario Particular del
Gobernador, Presidente Municipal de Chenalhó,
Procurador General de Justicia, Subprocurador de
Averiguaciones Previas, Subrocurador de Asuntos
Indígenas, Secretario de Asuntos Indígenas,
Director General de Gobierno, Secretario
Ejecutivo del Consejo de Seguridad Pública del
Estado y Coordinador de Seguridad Pública.
Todas las
personas que fueron mencionadas en la
Recomendación 1/98 de la Comisión Nacional de
Derechos Humanos ya han rendido declaración.
La
Comisión Nacional ha tenido la oportunidad de
revisar las condiciones en las que se encuentran
y se encontraron los detenidos.
Hasta ahora
se considera que existen elementos para
determinar la probable responsabilidad de otras
35 personas, por lo que se giraron las órdenes
de localización y presentación
correspondientes. Aún falta identificar, detener
y procesar a otros.
En el
Municipio de Chenalhó a lo largo de los años se
han venido acumulando diversas contradicciones y
disputas de orden económico, político y
religioso. El municipio aparece como un mosaico
de grupos que responden a intereses distintos o
contrapuestos.
- Estas pugnas
se vieron recrudecidas desde abril de
1996, cuando se instaló el
autodenominado Consejo Municipal
Autónomo de Polhó. Desde mayo del año
pasado las agresiones mutuas se hicieron
más frecuentes y graves.
- No puede
pasarse por alto el hecho de que los
conflictos comunitarios, grupales y
familiares que desde hace años se han
presentado, a partir de enero de 1994,
cuando irrumpe el EZLN, dan lugar a
alineamientos bipolares; es decir,
mientras algunos grupos voluntarios y
forzosos se inscriben dentro de las bases
o simpatizantes del autodenominado
Ejercito Zapatista de Liberación
Nacional y se asumen a si mismos como
"perredistas", otros bajo un
esquema de diferenciación y
autoafirmación se proclaman priístas o
cardenistas y recurren igualmente a
metodos de reclutamiento voluntarios y
forzosos de individuos y organizaciones
preexistentes. Una especie de
"leva" que divide a los vecinos
y grupos de Chenhaló.
- Dentro de la
lógica arriba apuntada, y sobre todo
cuando se comprende que la estrategia del
EZLN es hacer que el Consejo Municipal
Autónomo de Polhó, rivalice con el
ayuntamiento constitucional de Chenalhó,
los desplazamientos, robos, secuestros,
amenazas, exacciones, bloqueos carreteros
y comunitarios, así como lesiones y
homicidios se hacen cada día más
frecuentes y más graves.
- Las
imputaciones sobre la existencia de
grupos armados en las comunidades son
también recíprocas. Unos denuncian
campamentos del EZLN y los otros
denuncian la existencia de grupos
paramilitares.
Después de
que el Ministerio Público de la Federación
ejercitó la facultad de atracción, la
Procuraduría General de Justicia en el estado
remitió 34 averiguaciones previas, iniciadas por
hechos anteriores a la masacre, iniciándose 33
indagatorias sobre estos hechos impunes.
La PGR
tiene detectados otros hechos delictuosos
cometidos en el Municipio de Chenalhó previos a
los acontecimientos del 22 de diciembre y que, o
bien la Procuraduría del Estado no envió al
Ministerio Público de la Federación, o que no
generaron el inicio de la averiguación previa
correspondiente.
Es
compromiso de la Procuraduría General de la
República esclarecer los hechos de Acteal del 22
de diciembre de 1997 y consignar a todos los
probables responsables; también lo es respecto
de los delitos previos. La impunidad en la que
quedaron los delitos preexistentes a la matanza
fue un factor que sin duda no desalentó la
comisión de ésta, ya que hasta entonces no
había ningún peligro de que los responsables
fueran llevados ante la justicia,
independientemente del grupo al que
pertenecieran.
Entre el
Ayuntamiento Constitucional y el autodenominado
Consejo Municipal Autónomo de Polhó, se
llevaron a cabo tres reuniones de conciliación
con la presencia de autoridades estatales, la
CNDH, la Comisión Estatal de Derechos Humanos y
el Centro de Derechos Humanos "Fray
Bartolomé de las Casas".
Los
acuerdos no fueron cumplidos dadas las denuncias
de hechos delictuosos que una y otra parte
presentaron durante esos días.
A fin de
esclarecer los móviles de la matanza, resultan
relevantes cuatro de las consignaciones hechas
hasta ahora:
- La
consignación de Antonio Vázquez Secum,
padre de Agustín Váquez Secum o Santiz
quien fuera asesinado en una emboscada
por un grupo de desconocidos el 17 de
diciembre de 1997. Antonio Vázquez Secum
obtuvo información en el sentido de que
los asesinos de su hijo eran de la
población de Acteal. Por estas razones
el 21 de diciembre de 1997 tuvo lugar una
reunión en la casa de Manuel Váquez
Ruiz, también hijo de Antonio Vázquez
Secum. A dicha reunión acudieron por lo
menos 8 personas y en ella se planeó una
acción de venganza en contra de los
integrantes de la comunidad de Acteal. Un
grupo de personas fueron obligadas a
estar presentes contra su voluntad.
Algunas de ellas, lograron salir,
dirigiéndose al poblado de Acteal, en
donde advirtieron a sus propios
familiares, que ahí se encontraban, y al
catequista Alonso Vázquez Gómez,
dirigente de la comunidad, que dicha
agresión se llevaría a cabo al día
siguiente; sin embargo, les respondieron
que orarían para que dicha agresión no
se llevara a cabo y que permanecerían en
ese lugar. Lamentablemente fallecieron.
El Centro de Derechos Humanos "Fray
Bartolomé de las Casas" aconsejó
que acudieran ante las autoridades.
- La Policía
Judicial Federal localizó el día
primero de enero de 1998 diversas armas
enterradas en el predio propiedad de
Manuel Vázquez Ruiz. La Procuraduría
General de la República no considera que
esta evidente venganza haya sido el
único móvil del crimen de Acteal, pero
sí que este crimen es la culminación de
una serie de agravios, de homicidios, de
robos, incendios y secuestros que
recíprocamente se imputan los miembros y
simpatizantes de la Presidencia Municipal
de Chenalhó y del llamado Consejo
Autónomo de Polhó.
- La
consignación de Jacinto Arias Cruz. El
27 de diciembre de 1997, el Ministerio
Público de la Federación ejercitó
acción penal en contra de Jacinto Arias
Cruz (ex-presidente municipal sustituto
en Chenalhó, Chiapas), quien valiéndose
de su posición política e investidura,
de manera dolosa proporcionó a los
inculpados las armas con las que
realizaron los eventos delictivos,
pretendiendo posteriormente decirles
cómo deberían defenderse en caso de que
fueran sujetos a investigación. Jacinto
Arias Cruz ya había amenazado de muerte
a los integrantes del grupo de "Las
Abejas".
- La
consignación de Francisco Ayar Díaz,
Albert Salas Meza, Filemón Rodolfo
Morales Escalante, Andrés Enrique Cruz
Angel, Sebastián Luna Pérez, Andrés
Meneses Chávez y Luis Antonio García
Ruíz, quienes en el momento de la
masacre se desempeñaban como elementos
de la Dirección general de Seguridad
Pública del Estado de Chiapas, por
tolerar sin ninguna justificación legal,
que personas civiles portaran armas de
fuego de alto calibre, dándoles
protección y permitiéndoles incluso
coadyuvar en labores propias del servicio
público.
Las
investigaciones de la Procuraduría General de la
República aún no concluyen, sin embargo, se
encuentran ya trazadas líneas de trabajo de
fondo sobre las que se está indagando y
profundizando. Entre otras:
a) El grado de
compromiso de los elementos de Seguridad
Pública del Estado en la protección a uno
de los grupos en conflicto, la canalización
de armas y cartuchos y el entrenamiento para
su uso.
b) Las razones
por las cuales el Gobierno del Estado
permitió la impunidad.
c) Los
mecanismos que los grupos en conflicto han
utilizado para hacerse de armas.
d) Las razones
de la actitud asumida por los elementos de
Seguridad Pública que decidieron, por lo
menos, permanecer pasivos. Los motivos por
los cuales se han conducido ante el
Ministerio Público de la Federación de
manera contradictoria y aun falsa.
e) La
investigación respecto de las siguientes
organizaciones que podrían estar armadas y
operando en el Estado de Chiapas: CAIZ
(Comandos Armados de Indígenas Zapatistas):
ABU-XUC, Arriera Nocturna; Paz y Justicia,
Tomás Munser, MIRA, Alianza San Bartolomé
de las Llamas, Chínchulines, Máscara Roja,
SOCAMA, Degolladores y APAZ.
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