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ACUERDO
QUE EL
GOBIERNO FEDERAL Y EL EZLN ENVIARÁN A LAS
INSTANCIAS DE DEBATE Y DECISIÓN NACIONAL",
"PROPUESTAS CONJUNTAS QUE EL GOBIERNO
FEDERAL Y EL EZLN SE COMPROMETEN A ENVIAR A LAS
INSTANCIAS DE DEBATE Y DECISIÓN NACIONAL,
CORRESPONDIENTES AL PUNTO 1.4 DE LAS REGLAS DE
PROCEDIMIENTO" Y "COMPROMISOS PARA
CHIAPAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO Y FEDERAL Y EL
EZLN, CORRESPONDIENTES AL PUNTO 1.3 DE LAS REGLAS
DE PROCEDIMIENTO", emanados de la primera
parte de la Plenaria Resolutiva correspondiente
al tema de Derechos y Cultura Indígena:
A. El Gobierno
Federal, a través de su delegación, manifiesta
su aceptación de dichos documentos.
B. El EZLN, a
través de su delegación, manifiesta su
aceptación de dichos documentos. En relación
con las cuestiones respecto a las cuales
formuló, en la sesión del 14 de febrero de 1996
de esta segunda parte de la Plenaria Resolutiva,
propuestas de agregados y de sustituciones o
eliminaciones en el texto de los mismos, de
acuerdo con los resultados de la consulta
realizada por el EZLN, expresa lo siguiente:
1. La delegación
del EZLN insiste en señalar la falta de
solución al grave problema agrario nacional, y
en la necesidad de reformar el Artículo 27
Constitucional, que debe retomar el espíritu de
Emiliano Zapata, resumido en dos demandas
básicas: la tierra es de quien la trabaja, y
Tierra y Libertad. (Documento "Propuestas
conjuntas que el Gobierno federal y el EZLN se
comprometen a enviar a las instancias de debate y
decisión nacional, correspondientes al punto 1.4
de las Reglas de Procedimiento": página 11,
apartado 5, "Reformas Constitucionales y
Legales", inciso B).
2. Por lo que se
refiere al desarrollo sustentable, la delegación
del EZLN considera insuficiente que el gobierno
indemnice a los pueblos indígenas por los daños
ocasionados en sus tierras y territorios, una vez
ocasionado el daño. Es necesario desarrollar una
política de verdadera sustentabilidad, que
preserve las tierras, los territorios y los
recursos naturales de los pueblos indígenas, en
suma, que contemple los costos sociales de los
proyectos de desarrollo. (Documento
"Pronunciamiento conjunto que el Gobierno
Federal y el EZLN enviarán a las instancias de
debate y decisión nacional", página 5, en
el subtítulo "Principios de la nueva
relación", inciso 2).
3. En lo referente
al tema Situación, Derechos y Cultura de la
Mujer Indígena, la delegación del EZLN
considera insuficientes los actuales puntos de
acuerdo. Por la triple opresión que padecen las
mujeres indígenas, como mujeres, como indígenas
y como pobres, exigen la construcción de una
nueva sociedad nacional, con otro modelo
económico, político, social y cultural que
incluya a todas y a todos los mexicanos.
(Documento 3.2 "Acciones y medidas para
Chiapas. Compromisos y propuestas conjuntas de
los gobiernos del Estado y Federal y el
EZLN", página 9).
4. En términos
generales la delegación del EZLN considera
necesario que, en cada caso, se expliciten los
tiempos y plazos en que los acuerdos deben ser
llevados a la práctica, y que, para ello, los
pueblos indígenas y las autoridades
correspondientes deben programar y calendarizar
de mutuo acuerdo su instrumentación.
5. Acerca de las
garantías de acceso pleno a la justicia, la
delegación del EZLN considera que no puede
pasarse por alto la necesidad del nombramiento de
intérpretes en todos los juicios y procesos que
se sigan a los indígenas, asegurando que dichos
intérpretes cuenten con la aceptación expresa
del procesado y conozcan tanto el idioma como la
cultura y el sistema jurídico
indígenas.(Documento 2 "Propuestas
conjuntas que el Gobierno Federal y el EZLN se
comprometen a enviar a las instancias de debate y
decisión nacional, correspondientes al punto 1.4
de las Reglas de Procedimiento, página 6,
subtítulo: "Garantías de acceso pleno a la
justicia").
6. La delegación
del EZLN considera indispensable que se legisle
para proteger los derechos de los migrantes,
indígenas y no indígenas, dentro y fuera de las
fronteras nacionales. (Documento 1,
"Pronunciamiento conjunto que el Gobierno
Federal y el EZLN enviarán a las instancias de
debate y decisión nacional", página 5,
punto 8, subtítulo: "Proteger a los
indígenas migrantes"):
7. A fin de
fortalecer los municipios, la delegación del
EZLN considera que se requieren compromisos
explícitos del gobierno para garantizar su
acceso a la infraestructura, capacitación y
recursos económicos adecuados. (Documento 2
"Propuestas conjuntas que el Gobierno
Federal y el EZLN se comprometen a enviar a las
instancias de debate y decisión nacional
correspondientes al punto 1.4 de las Reglas de
Procedimiento", página 3).
8. Por lo que se
refiere a los medios de comunicación, la
delegación del EZLN considera necesario que se
garantice el acceso a información veraz,
oportuna y suficiente sobre las actividades del
gobierno, así como el acceso
de los pueblos
indígenas a los medios de comunicación
existentes, y que se garantice el derecho de los
pueblos indígenas a contar con sus propios
medios de comunicación (radiodifusión,
televisión, teléfono, prensa escrita, fax,
radios de comunicación, computadoras y acceso a
satélite). (Documento 2 "Propuestas
conjuntas que el Gobierno federal y el EZLN se
comprometen a enviar a las instancias de debate y
decisión nacional correspondientes al punto 1.4
de las reglas de procedimiento", página 9,
punto 8: "Medios de comunicación").
C. Con relación a
las partes de los documentos a las que se refiere
el inciso B, ambas delegaciones convienen que, en
la oportunidad que identifiquen de común acuerdo
durante el diálogo, agotarán los esfuerzos de
negociación sobre las mismas.
D. Las Partes
harán llegar a las instancias de debate y
decisión nacional y a las instancias que
correspondan los tres documentos que se
acompañan, mismos que contienen los acuerdos y
compromisos alcanzados por las Partes.
E. Ambas partes
asumen el compromiso de enviar el presente
resolutivo a las instancias de debate y decisión
nacional y a las instancias del estado de Chiapas
que correspondan, en el entendido de que los
puntos señalados en el inciso B también
deberán ser consideradas, por dichas instancias,
como materia producto del diálogo.
El presente y los
tres documentos que lo acompañan, quedan
debidamente formalizados como acuerdos en los
términos de las Reglas de Procedimiento y de la
Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz
Digna en Chiapas, y se integran como tales al
Acuerdo de Concordia y Pacificación con Justicia
y Dignidad.
16
de febrero de 1996
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